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domingo, 21 de febrero de 2016

LA LEY DE PARTIDOS DE 1965: .¿NOS OLVIDAMOS DE SU CONTEXTO HISTÓRICO ?

Se pretende utilizar al CNE cómo instrumento para ilegalizar a los "aliados" del PSUV?




¿ILEGALIZACIÓN DE LOS “ALIADOS” DEL PSUV?


Por: Javier Biardeau R.|


Siempre hay  que recordar la historia para fines de conjurar la desmemoria. En primer, lugar, reconstruir fragmentos del contexto de los años 1958-1965 en el país, fragmentos que permiten comprender y explicar la estructura significativa de acontecimientos y dinámicas políticas que resultan de una hermenéutica crítica sobre la producción legislativa de aquellos tempestuosos años.
Nos referimos a la tan citada Ley de Partidos políticos, Reuniones públicas y Manifestaciones publicada en la gaceta oficial N° 27.725 del 30 de abril de 1965  [i].
Fue la Constitución de 1961 la primera en regular en forma expresa a los partidos políticos, al establecer el derecho de todos los venezolanos aptos para el voto “de asociarse en partidos políticos para participar, por métodos democráticos, en la orientación de la política nacional (Art. 114). La Constitución, además, dispuso que “el legislador reglamentará la constitución y actividad de los partidos políticos con el fin de asegurar su carácter democrático y garantizar su igualdad ante la ley”.
En ejecución de esa norma en 1964 se sancionó la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones de 15 de diciembre de 1964 (luego publicada en Gaceta el 30 de abril de 1965), la cual continúa vigente, con cambios no significativos en materia de legalización y renovación de partidos, como puede constatarse al comparar exhaustivamente su articulado en ambos textos  [ii].
Sin embargo, llama la atención que la reforma del año 2010 no haya ido al meollo de la confusión entre el desarrollo progresivo de derechos políticos a la participación en asociaciones con fines políticos, y las consideraciones sobre materias de orden público interno junto a potenciales alteraciones del orden constitucional.
Pero volvamos a la historia. El 14 de febrero de 1962, el Presidente Betancourt  hace pública una línea política en la que señala que los “Comunistas pueden ser ilegalizados”.
La controversia sobre la ilegalización de los partidos de izquierda tiene muchos antecedentes en la historia política venezolana del siglo XX, desde la Dictadura de Gómez hasta el famoso inciso sexto.
También en el siglo XIX, Ezequiel Zamora fue acusado no solo de bandolero sino además de comunista por expresar un ala ideológica social-radical en el Partido Liberal.
Para fines informativos, la historia de las ideas anticomunistas en Venezuela ha sido reconstruida en un clásico texto por el historiador Luis Cipriano Rodríguez, que junto al famoso “Libro Rojo” constituyen referencias obligatorias para comprender las posiciones anticomunistas.
Lo interesante de los años 60 es que la historia del Pacto de Punto Fijo muestra como la coalición gubernamental para la colaboración de clases entre las alas ideológicas y políticas socialdemócratas y socialcristianos fue la que primero recurrió a la violencia al reprimir sistemáticamente a sangre y fuego, desde comienzos de 1959, a las protestas de trabajadores y estudiantes.
Además muestra que al deslegitimarse el Gobierno de Betancourt intentó enmendar la pérdida de su mayoría parlamentaria ilegalizando a los partidos opositores, fundamentalmente de izquierda revolucionaria.
Todo este cuadro político obedeció a las presiones de EE.UU y de los sectores más reaccionarios representados por la iglesia, la burguesía y sectores militares de derecha. Desde el principio de 1958, estos sectores desarrollaron toda una campaña anticomunista orientada a crear terror en la población y a justificar la solicitud de pedir la ilegalización del PCV, además de perseguir a todos aquellos dirigentes de la junta patriótica, y cuadros políticos tanto de URD como de AD, que habían trazado una política de unidad de acción en la lucha clandestina contra la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, sin contar con la figura del exilio.
Es posible constatar en fuentes históricas, como los periódicos de la burguesía, ejemplo“El Universal”, como se hacen comunes declaraciones de prensa que rezan: “ya es hora de que el PCV sea ilegalizado porque es un foco de agitación subversiva”. La prensa liberal abre espacios a novedosos grupos como la Organización de Lucha Anticomunista (OLA), que insertan remitidos y propagandas a favor de la ilegalización de PCV Los empresarios Mendoza y Blas Lamberte también exigían la ilegalización del PCV, acompañados por las presiones de Fedecámaras.
El anticomunismo se recrudece en la contienda electoral de 1958. La directriz imperial es tan clara que en Nueva York, el 20 de enero de 1958, cuando apenas faltan 3 días para la derrota de la dictadura, Rafael Caldera de COPEI, Jóvito Villalba de URD, Rómulo Betancourt de AD y Fuster Dulles, secretario de Estado norteamericano, firman un pacto en el cual se comprometen a evitar que el poder caiga en manos de los comunistas. La alianza también implica tomar la ofensiva para aislar políticamente al PCV y cualquier otra agrupación que en vez de doblegarse ante Washington asuma una postura de autodeterminación nacional.
Este Pacto de New York, como se le conoce, se ratifica en Venezuela, luego refrescado el 31 de octubre de ese mismo año con el nombre de Pacto de Punto Fijo y de inmediato se inicia el proceso de aislamiento del PCV con argumentos como este: un Frente Político donde participen los comunistas es mal visto por los Estados Unidos y tiene la oposición de los grandes intereses norteamericanos.
Simón Sáez Mérida, secretario general de Acción Democrática, en la clandestinidad, y posterior fundador del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), en entrevista con el historiador Agustín Blanco Muñoz afirmó: “(…) estaban comprometidos por el Pacto de Nueva York, en sus vinculaciones con el llamado sector liberal norteamericano. En ese marco se dieron las conversaciones con Eugenio Mendoza, el gran jefe empresarial venezolano, con Betancourt, Villalba y Caldera en esa ciudad.”
De manera que no se puede comprender históricamente la estructura de significación de la producción legislativa de los años 60 sin reconstruir su contexto de luchas políticas y sociales, pues la producción del derecho en materia de derechos políticos y orden público, por ejemplo, no es ajena a la historia de las tensiones, conflictos y antagonismos políticos.
Mucho se dice que la Ley de Partidos data de 1965, que en la práctica sigue vigente en aspectos esenciales, lo que no se dice es en qué contexto se elabora y bajo cuál exposición de motivo; es decir su axiología, sus compromisos ideológico-políticos.
El 31 de julio del año 58, en contraste con el pacto de Nueva York, el Presidente Larrazábal declara en su rueda de prensa semanal: “Debemos darle sus reivindicaciones a las clases desvalidas para detener el comunismo… como católico soy antagonista del comunismo, pero no estoy de acuerdo en ilegalizarlo porque las ideas se combaten en otras formas”.
Es historia que en Acción Democrática se impone en aquellos años la dirección conservadora que decide la candidatura de Rómulo Betancourt, y ocupan los principales puestos de dirección del partido. Se genera un descontento interno dentro de la Juventud de Acción Democrática. La Juventud comienza a identificarse como AD-Izquierda y posteriormente se produce una ruptura, ocasionando una división del partido Acción Democrática que dio origen al surgimiento del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) el 9 abril de 1960.
El 14 de octubre de 1960, el semanario Izquierda, órgano del MIR, publica un editorial donde señala que no hay otra salida posible para la crisis presente que un cambio de Gobierno inmediato, señala que el momento oportuno para la caída del Gobierno depende de la decisión de las masas populares. El Gobierno decide detener a los redactores del semanario por lo cual se inicia una serie de protestas y actos de violencia que se extenderán desde Caracas a todo el país, durante el resto de octubre hasta el 2 de diciembre. El semanario Izquierda es acusado de llamar a la insurrección popular. Son ilegalizados los semanarios Izquierda y  Tribuna Popular.
En el año 1963, la mayor parte de la dirección del Partido Comunista de Venezuela y el MIR habían sido hechas presas. Para detener a los diputados y senadores de estos partidos, el Ejecutivo utilizó los desastrosos hechos del asalto al Tren del Encanto. El secuestro de los legisladores, que equivalía a una masiva anulación de la inmunidad parlamentaria y una ilegalización integral de la oposición, terminó siendo denominada El Asalto al Congreso por Parte de Acción Democrática.
En el año 1964, el triunfo electoral de Acción Democrática y la participación masiva del pueblo en el proceso electoral constituye un duro golpe para la izquierda y la línea abstencionista, así como un fortalecimiento de la socialdemocracia y la derecha que demostraron contar con apoyo popular. Ese mismo año el presidente Raúl Leoni declara que mientras subsistan rezagos de violencia en el país no se puede pensar en amnistía ni en la rehabilitación de los partidos políticos suspendidos, es allanada la UCV, mientras en 1965 desde Los Ángeles, EE.UU el ex presidente Betancourt declara que Venezuela está de acuerdo con toda política que contenga al comunismo.
La situación política-estratégica del año 1964 genera una severa controversia interna en el PCV, que en la discusión sobre la vigencia o no de la lucha armada terminó desmoralizando a un sector importante de la militancia. El Partido Comunista de Venezuela sacó un comunicado donde expresaba: “El Frente de Liberación Nacional abre camino a la pacificación del país, donde se ordenaba la suspensión de las acciones de los medios urbanos”.
Reflexionando sobre el año 1964, J.R Núñez Tenorio opina: “… andábamos de un extremo a otro, “pasar de la guerra a la paz, de la clandestinidad guerrillera a la legalidad electorera, como si no hubiese pasado nada”. [iii] El año 1964 para la izquierda insurgente venezolana fue el año de la discusión sobre la vigencia de la lucha armada o su fracaso. Domingo Alberto Rangel abre una discusión que va a generar fuertes contradicciones en el seno del PCV y el MIR.
Así mismo cabe mencionar que la figura del desaparecido se comienza a generalizar como política entre finales de 1963 y comienzo de 1964, adquiriendo mayor importancia con la implementación de las diferentes operaciones antiguerrilleras que desarrollaron las Fuerzas Armadas en el occidente del país y en la capital, convirtiéndose en una práctica permanente en los cinco teatros de operaciones antiguerrilleros.
En el año de 1965 ya desde el Cuartel San Carlos, Teodoro Petkoff, Freddy Muñoz y Pompeyo Márquez afirman públicamente que la lucha armada está derrotada y llaman a un repliegue táctico. Este planteamiento posteriormente es asumido por el Pleno de Partido Comunista de Venezuela realizado en el mes de julio-agosto.
Lo queremos resaltar con estos hechos es el cuadro de conflictos que atravesaban a la sociedad venezolana en aquellos años, contexto histórico-político que marco la producción legislativa, incluyendo a la ahora mencionada ley de partidos de 1965, incluyó como algo natural (naturalización social) el tratamiento de las reuniones públicas y manifestaciones, combinando el desarrollo de las normas jurídicas sobre los partidos políticos con temas de orden público interno.
Esa huella o impronta histórica de carácter conservador permite comprender las razones por las cuales en la Ley de partidos políticos sancionada en el año 1964 y publicada en Gaceta en el año 65 se plantee en su articulado lo siguiente:
“Art 4: Los partidos políticos deberán establecer en la declaración de principios o en su programa, el compromiso de perseguir siempre sus objetivos a través de métodos democráticos, acatar la manifestación de la soberanía popular y respetar el carácter institucional y apolítico de la Fuerza Armada Nacional.”
“Art 29: La Corte Suprema de Justicia, a instancias del Poder ejecutivo nacional conocerá y decidirá sobre la disolución del partido que de manera sistemática propugne o desarrolle actividades contra el orden constitucional”.
De esta manera quedaba claramente establecida en la Ley publicada en 1965 que los objetivos de los partidos y sus métodos de lucha implicaban un estricto apego a la democracia representativa, a sus formas y métodos de lucha, al respeto de los resultados electorales (“acatar las manifestaciones de la soberanía popular”), respetar el “carácter apolítico e institucional” de la FAN y acatar el orden constitucional.
Llama la atención que la reforma a la Ley del año 2010 copia textualmente talesartículos, incluyendo modificaciones accesoriascomo el nombre de la Fuerza Armada como FANB, sin pasar a analizar el énfasis que sobre la protección del orden público se hacía en 1964 como un hecho jurídico problemático.
Tampoco la reforma del año 2010 desarrolla a profundidad las grandes diferencias de contexto entre el espíritu y propósito de la Constitución de 1961 y de la Constitución de 1999 con relación a la materia de las organizaciones con fines políticos, así como a las diferencias entre democracia representativa y democracia participativa, omitiendo importantes transformaciones de contexto político e institucional.
Profundicemos esta última idea.
La exposición de motivos de la Ley de partidos discutida en 1964 tenía como objetivo  fundamental “normalizar”  la vida política del país a través de “la regulación de las organizaciones políticas”, de modo que existía una intencionalidad cuya axiología no era abstracta, sino que remitía a las tensiones ideológico-políticas del momento histórico.
El proyecto de Ley de 1964 establecía lo que José Vicente Rangel denominó en su momento como “una malla de acero que vendría a mineralizar la actividad política en el país”, dando cuenta de los objetivos implícitos de la Ley, que en opinión del diputado de FDP Ramón Echegaray podían estar dirigidos a la identificación y persecución de potenciales opositores y disidentes.
De hecho, Echegaray señaló que tal Ley tiene una finalidad eminentemente macartista y casi va dirigida a impedir la existencia legal de las agrupaciones de tipo marxistas en el país [iv].
De modo que resulta inconcebible, que en el año 2010, en tiempos de revolución bolivariana y con un partido mayoritario (PSUV) con un programa y declaración de principios con postulados formalmente marxistas, la reforma a la Ley de Partidos se haya quedado truncada, chucuta, con injertos conservadores, que no se adecuara al nuevo espíritu del constituyente de 1999, copiando textualmente los artículos de la ley de 1965.
De tal naturaleza fue la discusión de fondo en el año 1964 sobre tal proyecto de Ley, que José Manzo González de Partido Revolucionario Nacionalista (PRN) señaló que la Ley de Partidos era un híbrido entre la Ley de orden público de 1936, conocida como Ley Lara (En atención al Ministro del Interior de López Contreras) y el Decreto 120 de la Junta de Gobierno integrada por Suárez Flamerich, Pérez Jiménez y Llovera Páez.
Manzo González señalaba que la Ley era discriminatoria y cercenaba a las minorías. De modo que a las minorías se les obligaba a transitar el pasillo estrecho, y es justamente este el problema que parece reactivarse en pleno 2017, para propósitos quizás distintos, pero sin reflexionar a fondo sobre lo que algunos diputados del año 64 denominaron como una “Ley circunstancial”, que obedecía a una coyuntura de confrontación política.
La conclusión de esta breve consideración histórica es que es inexplicable que el desarrollo de los artículos 5 y 67 de la Constitución de 1999, bajo una interpretación progresivapara una nueva Ley de partidos haya más bien escogido el camino del “injerto reaccionario” de una ley cuestionada en sus años como una ley conservadora elaborada para proscribir y perseguir al MIR y al PCV.
En aquella época, entregar una nómina de inscritos podía significar nada más y nada menos, que fuesen perseguidos, detenidos y desaparecidos.
No hay que hacer gala de desmemoria cuando se habla de la Ley de partidos de 1965.
Por eso, hay que comenzar por desmitificar la interpretación positivista de la Ley de Partidos del año 1965, para avanzar en dar cuenta del nuevo espíritu constituyente de 1999, espíritu de producción normativa de avanzada que debe inspirar las sentencias del TSJ en la actualidad.
Referencias:
[i]Ley de partidos, reuniones públicas y manifestaciones (1965) http://pdba.georgetown.edu/Parties/Venezuela/Leyes/LeyPartidos.pdf
[ii]Reforma a la Ley de partidos, reuniones públicas y manifestaciones (2010) http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/ley_partidos_politicos/indice.php
[iii]Oliveros Elia (2012) Lucha social y lucha armada en Venezuela http://www.defensoria.gob.ve/images/pdfs/librosDDHH/luchasocial_la%20lucha%20armada.pdf
[iv]Castillo Hernán (2010) El Congreso de la República y los problemas de Seguridad y Defensa del Estado Venezolano durante el gobierno de Raúl Leoni (1964-1969)  http://159.90.80.55/tesis/000023105.pdf
[v]http://www.defensoria.gob.ve/images/pdfs/librosDD/luchasocial_la%20lucha%20armada.pdf
[vi]http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/184234-0001-5116-2016-15-0638.HTML
[vii]http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/octubre/191179-878-211016-2016-15-0638.HTML
[viii]http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/184234-0001-5116-2016-15-0638.HTML
[ix]http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/octubre/191179-878-211016-2016-15-0638.HTML
Fuente: Tribuna Popular/PrensaPopularSolidaria
http://prensapopular-comunistasmiranda.blogspot.com
Correo: pcvmirandasrp@gmail.com


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